Orden de 12 de febrero de 2021, por la que se modifica la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Orden de 4 de diciembre de 2020, por la que se actualizan las medidas preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros de servicios sociales y de servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Extraordinario número 16, de 12 de febrero de 2021 se establece la modificación de la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Cabe destacar las modificaciones relacionadas con los los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, excluidas las bebidas espirituosas con un contenido de alcohol superior a 21 grados, productos y bienes de primera necesidad y la suspensión de apertura al público de todos los establecimientos comerciales minoristas con algunas excepciones.