Plazo: Plazo de presentación de las solicitudes: 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Sector destino: Sector Hostelería y Sector Comercio Minorista
Empresas beneficiarias: Las pymes que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 5 del Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero.

Extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería y se modifican varios decretos-leyes dictados como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19)

 

Se convocan para el año 2021, en la modalidad de concesión de concurrencia no competitiva, las dos líneas de subvenciones reguladas en el artículo 1 del Decreto-ley 1/2021, de 12 de enero, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería.

Las dos líneas de subvenciones son las siguientes:

a) Línea 1. Medida urgente para el mantenimiento de la actividad del sector económico del comercio minorista.

b) Línea 2. Medida urgente para el mantenimiento de la actividad del sector económico de la hostelería.